Una vez que la “solicitud de intervención judicial” se presente a la Corte (que solicita a la Corte fijar una conferencia preliminar), a continuación, los abogados de la demandante y el demandado se reúnen en la fecha programada. Esta es la primera vez que los abogados de ambas partes tienen la oportunidad de conocer y discutir el caso. En términos generales, la conferencia no resuelve los problemas en el caso. Los abogados de la defensa rara vez (o nunca) tienen autoridad para resolver una demanda en la Conferencia Preliminar. Sin embargo, la conferencia sí señala el comienzo de los procedimientos judiciales y en última instancia es una medida de cuánto tiempo llevará el caso. Además, esta es una oportunidad para que los abogados para determinar vista de su oponente del caso. Por ejemplo, si el demandante tiene un tratamiento extenso, entonces esto va a ser puesto de manifiesto por el abogado de la parte demandante en la Orden de PC. El demandante puede enumerar sabiamente los nombres de todos los médicos tratantes, cirujanos, terapeutas, etc. en la Orden Una vez que la orden Conferencia preliminar se ha completado y firmado por el juez, el demandante y el demandado deben comenzar el proceso de cumplimiento de la orden. Básicamente, esto significa que 1) el envío de los registros médicos y otras pruebas en papel (por ejemplo, fotografías, películas de diagnóstico, etc.) 2) el establecimiento de declaraciones de demandante, demandado y otros individuos que no pueden ser nombrados partes en la demanda 3) Organizar exámenes físicos del demandante y 4) los acusados deben entregar ( “cambio”) a la información demandante en relación con la cobertura del seguro, copias de los informes de accidentes, fotografías, etc. Después de las deposiciones, si la responsabilidad está claramente a favor de la demandante, el abogado de la demandante debe iniciar la preparación de una “Propuesta de Sentencia Sumaria”. Este movimiento se explicará en el próximo blog.